Vigente · Código Sustantivo del Trabajo 2026

Liquidador de Vacaciones

Calcula cuánto se debe pagar por vacaciones disfrutadas o compensadas en dinero, con la fórmula oficial del Código Sustantivo del Trabajo.

Para un trabajador que va a salir de vacaciones: cuánto se le debe pagar por los días de descanso.

Usa el salario ordinario actual del trabajador.

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SMMLV 2026: $ 1.750.905

Guía de Liquidación

Proceso ágil para un cálculo exacto

Calcula con precisión las vacaciones de tu personal sin necesidad de consultar el estatuto a mano.

Paso 1

Selecciona la modalidad

Elige si se trata de vacaciones disfrutadas (descanso efectivo en días hábiles) o de una compensación económica.

Paso 2

Digita salario y periodos

Ingresa la base salarial (fijo o promedio variable) y los rangos de fechas o días acumulados del colaborador.

Paso 3

Descarga el soporte normativo

Obtén el desprendible detallado en PDF tamaño carta, listo para adjuntar a la contabilidad o desprendible de nómina.

Prevención de errores

Riesgos frecuentes al liquidar manualmente

Los 3 errores habituales al procesar vacaciones en la nómina colombiana.

Regla legal

Confundir el tope de compensación en contratos activos

Toca para ver el criterio legal

Artículo 189 del CST

Con la relación laboral activa solo se permite pagar en dinero hasta el 50% de los días causados. El saldo sobrante debe disfrutarse obligatoriamente en tiempo de descanso.

Regla legal

Omitir los tiempos de prescripción prestacional

Toca para ver el criterio legal

Artículo 488 del CST

Las vacaciones prescriben a los 3 años contados desde que el derecho se vuelve exigible (en la práctica ~4 años tras la causación). Llevar el historial evita contingencias.

Regla legal

Usar el sueldo ordinario en salarios variables

Toca para ver el criterio legal

Artículo 192 del CST

Si el colaborador percibe comisiones o bonificaciones variables, la base legal no es el último salario devengado sino el promedio de lo ganado durante el último año.

Aspectos clave de la normativa laboral

Principios jurídicos fundamentales del régimen de descansos en Colombia.

Art. 186 CST

Periodo legal de descanso

Corresponden 15 días hábiles remunerados por cada año de servicios continuos o proporcionales (no se incluyen domingos ni festivos).

Art. 187 CST

Fijación de la fecha de disfrute

Es potestad del empleador determinar la fecha avisando con 15 días de anticipación, o pactarla de mutuo acuerdo con el trabajador.

Art. 192 CST

Base para la liquidación

Se liquida exclusivamente sobre el salario ordinario. El auxilio de transporte y las horas extraordinarias no forman parte de la base.

Salario Integral

Tratamiento en salario integral

Las vacaciones no están comprendidas en el 30% del factor prestacional; se pagan en dinero aparte sobre la asignación básica.

Preguntas y casos especiales de nómina

Soluciones a las inquietudes más frecuentes sobre la causación de vacaciones.

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