Calculadora de Cesantías e Intereses
Liquida cesantías, intereses sobre cesantías, retiros parciales y sanciones por mora con las fórmulas oficiales del Código Sustantivo del Trabajo vigentes para 2026.
Calcula las cesantías e intereses a consignar al fondo al corte del 31 de diciembre.
¿Salario integral?
Si está activo, las cesantías ya están incluidas en el factor prestacional.
Usa el salario ordinario actual del trabajador.
SMMLV 2026: $ 1.750.905
Se incluye automáticamente (salario ≤ 2 SMMLV).
Opcional. Promedio mensual de H.E. y recargos.
Opcional. Promedio del periodo a liquidar.
Se restan del cálculo. Déjalo en 0 si no aplica.
Base salarial para el cálculo
Salario
$ 1.750.905
Aux. Transporte
$ 232.148
H.E. + Recargos
$ 0
Comisiones
$ 0
Total base
$ 1.983.053
Proceso para un cálculo exacto
Liquida cesantías e intereses con la precisión que exige la normativa colombiana.
Elige el tipo de liquidación
Selecciona si es una liquidación anual (31 dic), por terminación de contrato, retiro parcial o cálculo de sanciones.
Ingresa la información salarial
Digita el salario base, fechas del periodo, y opcionalmente horas extras, comisiones o días de suspensión.
Descarga el comprobante
Obtén el desglose detallado en PDF tamaño carta con todas las fórmulas y referencias legales.
Todo sobre cesantías e intereses en Colombia
Normativa, fórmulas y conceptos clave que todo contador debe dominar.
¿Qué son las cesantías?
Son una prestación social equivalente a un mes de salario por cada año trabajado (o proporcional). Su propósito es servir como un ahorro forzoso para el trabajador en caso de desempleo. Se liquidan anualmente al 31 de diciembre y se consignan al fondo de cesantías elegido.
¿Qué son los intereses sobre cesantías?
Son una compensación del 12% anual sobre las cesantías acumuladas, proporcional a los días trabajados. Se pagan directamente al trabajador (no al fondo) a más tardar el 31 de enero del año siguiente.
¿Qué incluye la base salarial?
A diferencia de las vacaciones, la base de cesantías sí incluye el auxilio de transporte (si aplica), horas extras, recargos nocturnos y comisiones (Art. 127 CST). No incluye viáticos accidentales ni pagos no constitutivos de salario.
Plazos legales del empleador
31 de diciembre: corte de liquidación. 31 de enero: pago de intereses al trabajador. 14 de febrero: consignación de cesantías al fondo. El incumplimiento genera sanciones por mora.
¿Cuándo se pueden retirar cesantías parcialmente?
Solo para vivienda (compra, mejora, liberación de hipoteca) o educación (del trabajador, cónyuge o hijos). Requiere autorización del empleador y documentación soporte.
¿Cesantías con salario integral?
Con salario integral, las cesantías e intereses ya están incluidos en el factor prestacional del 30%. No se liquidan aparte ni se consignan al fondo. Al pasar de salario ordinario a integral, se deben liquidar y pagar las cesantías acumuladas hasta esa fecha.
Preguntas frecuentes sobre cesantías
Respuestas a las dudas más comunes sobre liquidación de cesantías e intereses.
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